Propósito:
Entregar
servicio de asesoría en prevención de riesgos laborales a las empresas para que
cumplan sus objetivos garantizando la seguridad y salud de sus trabajadores de
igual forma garantizando el cumplimiento legal realizado por profesionales
competentes y reconocidos por el seremi de salud
Asesoría para Pymes y empresas
de más de 50 trabajadores
Revisión y
confección de reglamento interno de higiene y seguridad
Revisión y
confesión matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos
Confesión
obligación de informar los riegos laborales
Capacitación
obligación de informar los riesgos laborales
Levantamiento
de requisitos legales aplicables en prevención de riesgos
Levantamiento
de peligros con informe técnico
Confesión
procedimientos de trabajo seguro de acuerdo a la actividad
Asesorías
conformación comité paritario
Asesoría
conformación comité psicosocial
Asesoría en
implementación y mantenimiento protocolo psicosocial
Confesión en
terreno de seguridad t salud ocupacional
Observaciones
en terreno se seguridad y salud ocupacional
Charlas de
seguridad y salud ocupaciones de acuerdo a la actividad
Asesoría en plan de emergencias
creación o mejora método acceder empresas-comunidad de edificios
Analizar
amenazas y riesgos
Evaluación de
recursos
Definición de
las acciones y grupo de apoyo
Diseño del plan
de emergencia
Redacción de
plan de emergencia
Carta para
bomberos, carabineros y municipalidad
Capacitación a
líderes de emergencia
Capacitación
uso de extintores
Marco legal empresas
El código de
trabajo art 184: El empleador estará obligado a tomar todas las medidas
necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores
El decreto
supremo 594 art 44: en todo lugar de trabajo deberán implementarse las medidas
necesarias para la prevención de incendios con el fin de disminuir la
posibilidad de inicio de un fuego, controlado las cargas combustibles y las
fuentes de calor e inspeccionando las instalaciones a través de un programa
preestablecido
Edificios,
condóminos
La ley 19,357
art 36 establece que todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante
siniestros, como incendios, terremotos y semejantes, que incluya medidas para
tomar, durante y después del siniestro, con especial énfasis en la evacuación
durante incendios
Asesoría en la implementación de
protocolos Minsal
Riesgos
psicosociales
Manejo manual
de carga (MMC)
Trabajo
repetitivos (TMERT)
Exposición
ocupacional al ruido (PREXOR)
Radiación
ultravioleta de origen solar (RADIACION UV)
Asesoría en la constitución y
funcionamiento de comité paritario
Asesoría en la
constitución del comité paritario
Capacitación a
la gerencia
Capacitación a
los integrantes del comité paritario
Plan de trabajo
del comité paritario
Programa de
trabajo comité paritario
Marco legal
Decreto
supremo N° 54 art 1: En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen
más de 25 personas se organizaran comités paritarios de higiene y seguridad,
compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores,
cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les
encomienda la ley n°16744, serán obligatorias para la empresa y los
trabajadores.
Si la empresa
tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes
lugares, en cada una de ella deberá organizarse un comité paritario de higiene
y seguridad
Valor 2.30 uf
por jornada
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