El decreto supremo N° 40 artículo 21 establece que los
empleados tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos
sus trabajadores acerca de los riesgos
que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo
correcto.
¿Cuándo la realizo?
Antes que el trabajador nuevo realice sus funciones acodadas
en el contrato.
¿Qué debo incluir en la charla/capacitación?
Lo recomendado en la inducción de trabajador nuevo se le dé
conocimiento de:
·
Riegos típicos
·
Ley N° 16.744
·
Información de la mutualidad adherida
·
Plan de emergencia
·
Prohibiciones
·
Inducción uso y manejo de extintores
¿Qué son los riesgos típicos?
Son todos los riegos propios del rubro o lugar de trabajo en
el cual el trabajador se desempeña
¿Qué es la ley N° 16.744?
Documento por ley que establece las normas sobre accidentes
del trabajo y enfermedades profesionales; rol de las mutualidades y el seguro
social obligatorio (el cual cubre accidente de trabajo, trayecto y enfermedad
profesional).
¿Qué debo informar de la mutualidad adherida?
Informar a los trabajadores cual es la mutualidad adherida, números
de emergencia y sucursal más cercano
¿Qué debo informar del plan de emergencia?
Se debe dar conocimiento de las personas encargadas, salidas
de emergencia y puntos de encuentro.
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