miércoles, 25 de marzo de 2020

Medidas Preventivas COVID-19, en los lugares de trabajo

En el marco de la pandemia causada por el conoravirus (COVID-19), Donde los empleadores deberán implementar las medidas para proteger la salud de sus trabajadores , incorporado las medidas de desinfección necesarias en sus procesos y labores diarias y evitar la concentración de más de 50 trabajadores en un lugar de trabajo o sección de la empresa, considerando las siguientes medidas, para prevenir el contagio del COVID-19 a los trabajadores:

Trasporte de personal 

  • Realizar desinfección del medio de transporte cada vez que se realice traslado de trabajadores 
  • Evitar que todos los asientos estén ocupados, manteniendo una distancia de 1 metro entre los pasajeros 
Lugares de trabajo en general 
  • Favorecer el tele-trabajo y flexibilidad horaria 
  • Trabajadores de más de 60 años o que presente o sufra enfermedades crónicas o se encuentre  embarazada, se recomienda se otorguen las facilidades para poder abstenerse de asistir a su lugar de trabajo.
  • Evitar realizar realizar saludos con contacto físico 
  • Priorizar el lavado de manos en forma periódica (de duración de por lo menos 20 segundos por lo cual se deberá mantener agua y jabón en los lugares de trabajo en forma permanente 
  • en caso de no poder lavarse las manos disponer de alcohol gel, el cual deberá ser utilizado ademas cuando los trabajadores tomen contacto con superficies de alto transito (manilla de puertas, pasamanos, etc.), cabe señalar que el uso alcohol gel solamente puede ser utilizado un máximo de 5 veces, debiendo posteriormente realizarse el lavado de manos.
  • Se deberá indicar a los trabajadores que: al toser o estornudar deben cubrirse la boca y nariz con antebrazo o pañuelo desechable  y luego desecharlo 
  • Mantener información actualizada mediante entrevistas con el personal, respecto a si ha viajado fuera de Chile, ha tenido contacto con algún caso sospechoso o ha tenido contacto con personas que se hayan ausentado del país etc.
  • Establecer control y medición de temperatura (si es posible) y tomar las medidas de resguardo 
  • Capacitar a los trabajadores respecto a los riesgos a la salud y medidas preventivas al riesgo de exposición al COVID-19 
  • Implementar sistema de turnos que no superen las 50 personas por turnos
  • Evitar concentración mayor de 50 trabajadores en la misma área o sector 
  • No realizar reuniones que concentran a más de 50 personas (evitar aglomeraciones de trabajadores), favoreciendo las actividades vía videoconferencia, llamadas , correos electrónicos.
  • En lineas de proceso o atención de público mantener una distancia de al menos 1 metro entre las personas 
  • Establecer el sistema de colación por turnos evitando concentraciones mayores a 50 personas y manteniendo la distancia de 1 metro entre los trabajadores 
  • Posterior a la colación de los trabajadores realizar limpieza y desinfección de los comedores y/o casinos, los cuales incluyan los artefactos utilizados (dispensadores de agua, alcohol gel, microondas, sistema de refrigeración,etc)
  • Realizar desinfección de utensilios de colación (platos y servicios) antes y después de realizar la entrega de la colación a los trabajadores
  • Establecer un plan de desinfección en forma permanente de utensilios/accesorios de trabajado,tales como: Teclado, Teléfono, Mouse , etc.
  • Realizar desinfección permanente a las instalaciones 
  • Establecer el uso de mascarillas(de acuerdo a capacitación realizada por el empleador ) Solamente para trabajadores presenten sintomatologia como caso sospechosos, (que cumpla con definición de caso). Los cuales deberán ser derivados a un centro de salud 
  • Se debe instar a que los trabajadores que se encuentren en un grupo de riesgo deben ser vacunados contra la influencia 
Definición de caso, de acuerdo al ORD 748 del 06.03.2020 del Ministerio de Salud 
Caso sospechoso 
A.-Paciente con enfermedad respiratoria aguda (fiebre y/o al menos un signo o síntoma enfermedad respiratoria) y con historia de viaje o residencia en un país/área o territorio que reporta trasmisión  local de COVID-19 durante los 14 días previos al inicio de los síntomas, o bien. 
B.-Paciente con cualquier enfermedad respiratoria aguda y haber estado en contacto con un caso confirmado o probable de COVID-19 en los 14 días previos al inicio de síntomas
C.-Paciente con infección respiratoria aguada grave (que presente fiebre, tos y dificultad respiratoria)  y que requiera hospitalización y con ninguna otra etiologia que explique completamente la presentación clínica 

martes, 14 de enero de 2020

Análisis de Riesgo Operacional

El riesgo operacional es la ocurrencia de perdidas financieras originadas por el proceso en el que se pueden presentar diferentes situaciones como accidentes , paralización ,  fallas operaciones o deficiencias de sistemas de gestión , tecnología , recurso humano etc.

La importancia de conocer y realizar análisis como solventar el riesgo operacional al igual que en la gestión de prevención de riesgos. La identificación de los procesos e identificar los puntos críticos de producción son base para realizar cualquier tipo de inversión , mantenimiento correctiva o preventiva y enfoque en prevención y salud ocupacional. Ademas es base para la implementación de sistemas de gestión y normas internacionales de clase A

los puntos procesos identificados se debe realizar la evaluación de riesgo mediante un mapa de calor. En el cual se debe dar preferencia a los resultados críticos o importantes mediante un ranking de controles (Administrativos , ingenieriles , sustitución o eliminación) por ultimo planificación y ejecución.

La aplicaron de controles administrativos deben ir enfocados en la estandarización de los procesos, definir competencias mínimas de los involucrados para optimizar y eliminar que el riesgo operacional se presente

Desarrollado todo el proceso se debe auditar las medidas de control y la efectividad de estas realizando nuevamente los pasos ya mencionado creándose un sistema de control de riesgos de mejora continua

Archivo PPT Riesgo operacional

lunes, 10 de diciembre de 2018

Monitor en prevención de riesgos

ODE : Modelo de conducta preventiva

Observar
Distinguir
Ejecutar

Funciones del monitor
  • Liderar la implementación y control de los programas de prevención de riesgos en la empresa
  • en caso de existir comité paritario de higiene y seguridad, Departamento de prevención de riesgos y/o Asesor en prevención de riesgos , el monitor de prevención de riesgos apoya la gestión preventiva 
  • Colaborar activamente en la identificación de peligros y el control de los riesgos asosciadós a los procesos. 
  • Facilitar y participar en el proceso de investigación de accidentes y determinación de las medidas de control 
  • Facilitar la función en terreno de los Expertos en prevención de riesgos, según directrices establecidas por el Experto en prevención de riesgos de la empresa o del organismo administrador 
  • Contribuir activamente según las directrices establecidas por el Organismo Administrador de la Ley 16.744
Peligro y Riesgo

Peligros: Son aquellos aspectos del trabajo que tiene la potencialidad de causar un daño 

Riesgos: Combinación de la Probalidad por la Severidad del deteriodo a la Salud que puede causar un accidente 

Programa de trabajo 

¿que es un programa de trabajo?
Es un conjunto de actividades organizadas para cumplir las funciones administrativas y técnicas de prevención de riesgos que se deben realizar 

Objetivos del programa de trabajo de prevención de riesgos:
Identificar las actividades que se deben desarrollar en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Priorizar la frecuencia de las actividades para identificar los peligros, controlar los risgos e implementar medidas de control de acuerdo a critidad.
Definir rersponsables de la coordinación, seguimiento y ejecución de las distintas actividades definidad en el programa. 
Dar cumplimiento a los objetivos generales planteados en cada programa. 
Controlar el desempeño del programa mediante la evaluación.

miércoles, 14 de noviembre de 2018

Confección del plan de emergencia - Metodo ACCEDER



Para realizar un plan de emergencia primero se debe tener claro los riegos típicos, como la zona donde se ubica la empresa y/u sucursal. Además debe conformarse por un método  el cual se recomienda el método ACCEDER 
El contenido del plan de emergencia debe tener los objetivos y los alcance del documento para determinar a quién va dirigido y cuál es su propósito.

Debe incluir in glosario / definiciones para aclarar las dudas de palabras para que el plan de emergencia sea legible para todos

En este punto se debe dejar claro la identificación de la amenaza, los tipos de evacuación y los mecanismos de alerta al igual que los encargados de emergencia y evaluación

El plan de emergencia se puede activar por diferentes motivos por lo que consta que el actuar en una emergencia no es igual por ejemplo un terremoto o un tsunami las órdenes de los encargados de efectuar el plan de emergencia son totalmente diferente por lo que se deben desglosar por separado:
·         Consignas generales
·         Procedimiento en caso de….
·         Indicaciones para el jefe de emergencia, líder de piso y piso
·         Indicaciones antes y después del suceso
·         Flujo grama

Anexos

·         Los anexos deben incluir
·         Salidas de emergencia, zona de seguridad y puntos de encuentro
·         Números de emergencia
·         Diagrama de tipos de emergencia
·         Descripción de medios de extinción
·         Criterios de ubicación de los extintores portátiles y programa de mantención
·         Instrucciones de uso de extintor
·         Tabla medio de extinción
·         Que hacer en caso lesiones, atrapamiento, fracturas, etc.
·         Marco legal (norma chilena 1411, D.S 594)

IMPORTANTE: Es recomendado que el plan de emergencia se aprobado por la mutualidad adherida, bomberos y la zona cuadrante en caso que la empresa esté ubicada en un parque industrial

Metodologia ACCEDER

Obligación a informar riesgos laborales


El decreto supremo N° 40 artículo 21 establece que los empleados tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus  trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correcto.

¿Cuándo la realizo?

Antes que el trabajador nuevo realice sus funciones acodadas en el contrato.

¿Qué debo incluir en la charla/capacitación?

Lo recomendado en la inducción de trabajador nuevo se le dé conocimiento de:
·         Riegos típicos
·         Ley N° 16.744
·         Información de la mutualidad adherida
·         Plan de emergencia
·         Prohibiciones
·         Inducción uso y manejo de extintores

¿Qué son los riesgos típicos?

Son todos los riegos propios del rubro o lugar de trabajo en el cual el trabajador se desempeña

¿Qué es la ley N° 16.744?

Documento por ley que establece las normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; rol de las mutualidades y el seguro social obligatorio (el cual cubre accidente de trabajo, trayecto y enfermedad profesional).

¿Qué debo informar de la mutualidad adherida?

Informar a los trabajadores cual es la mutualidad adherida, números de emergencia y sucursal más cercano

¿Qué debo informar del plan de emergencia?

Se debe dar conocimiento de las personas encargadas, salidas de emergencia y puntos de encuentro.

jueves, 27 de septiembre de 2018

Asesoria en prevencion de riesgos

  Propósito: 

Entregar servicio de asesoría en prevención de riesgos laborales a las empresas para que cumplan sus objetivos garantizando la seguridad y salud de sus trabajadores de igual forma garantizando el cumplimiento legal realizado por profesionales competentes y reconocidos por el seremi de salud

Asesoría para Pymes y empresas de más de 50 trabajadores


Revisión y confección de reglamento interno de higiene y seguridad
Revisión y confesión matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos 
Confesión obligación de informar los riegos laborales 
Capacitación obligación de informar los riesgos laborales 
Levantamiento de requisitos legales aplicables en prevención de riesgos 
Levantamiento de peligros con informe técnico
Confesión procedimientos de trabajo seguro de acuerdo a la actividad 
Asesorías conformación comité paritario 
Asesoría conformación comité psicosocial
Asesoría en implementación y mantenimiento protocolo psicosocial 
Confesión en terreno de seguridad t salud ocupacional 
Observaciones en terreno se seguridad y salud ocupacional 
Charlas de seguridad y salud ocupaciones de acuerdo a la actividad 

Asesoría en plan de emergencias creación o mejora método acceder empresas-comunidad de edificios


Analizar amenazas y riesgos
Evaluación de recursos
Definición de las acciones y grupo de apoyo
Diseño del plan de emergencia
Redacción de plan de emergencia
Carta para bomberos, carabineros y municipalidad
Capacitación a líderes de emergencia
Capacitación uso de extintores

Marco legal empresas


El código de trabajo art 184: El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores

El decreto supremo 594 art 44: en todo lugar de trabajo deberán implementarse las medidas necesarias para la prevención de incendios con el fin de disminuir la posibilidad de inicio de un fuego, controlado las cargas combustibles y las fuentes de calor e inspeccionando las instalaciones a través de un programa preestablecido
Edificios, condóminos

La ley 19,357 art 36 establece que todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros, como incendios, terremotos y semejantes, que incluya medidas para tomar, durante y después del siniestro, con especial énfasis en la evacuación durante incendios

Asesoría en la implementación de protocolos Minsal


Riesgos psicosociales
Manejo manual de carga (MMC)
Trabajo repetitivos (TMERT)
Exposición ocupacional al ruido (PREXOR)
Radiación ultravioleta de origen solar (RADIACION UV)

Asesoría en la constitución y funcionamiento de comité paritario


Asesoría en la constitución del comité paritario
Capacitación a la gerencia
Capacitación a los integrantes del comité paritario
Plan de trabajo del comité paritario
Programa de trabajo comité paritario

Marco legal

 Decreto supremo N° 54 art 1: En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas se organizaran comités paritarios de higiene y seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la ley n°16744, serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.

Si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ella deberá organizarse un comité paritario de higiene y seguridad

Valor 2.30 uf por jornada 

Bienvenidos


Les doy la bienvenida a espacio segurito , un blog dedicado a prevencion de riesgos e higiene y seguridad con el objetivo de compartir, difundir e informar sobre documentos utiles para la gestion en prevencion de riesgos tanto como profesionales y empresas. A la vez de personalmente respaldar informacion , documentos y/o experiencias del cargo de APR en este blog.